Compliance Penal

El Código Penal establece en su artículo 31 Bis la importancia de contar con «modelos de organización y gestión eficaz» para la prevención de delitos, ya que actualmente, es la única vía que tiene la persona jurídica para eximir su responsablidad penal en caso de que se cometa un delito en el seno de la misma.

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¿Qué beneficios supone implantar un modelo de Compliance Penal?

Blindaje

Supone la única vía para optar a un eximiente de la responsabilidad penal derivada de una posible infracción en un entorno laboral.

eficiencia

El estudio en profundidad y la detección de riesgos favorece la mejora interna de todos los procesos laborales de la entidad.

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Al implantar este sistema la entidad se alinea con los objetivos europeos de prevención de delitos y ética corporativa.

valor

Una implantación eficaz y personalizada aumenta el valor de la entidad.

¿Cómo trabajamos?

UN TRAJE A MEDIDA PARA CADA CLIENTE

Una vez firmado el contrato de prestación de servicios jurídicos especializados, procedemos a recoger toda la información relacionada con la entidad, constitución, participación, lista de empleados y empresas colaboradoras, normativas establecidas según el objeto social de la entidad etc.

Toda esta información facilitará nuestro estudio en profundidad con el objetivo de poder ir modelando las políticas corporativas en base a los riegos detectados.

Con este traspaso de información se permite generar un conocimiento completo del funcionamiento de la empresa, en concreto de los ciclos de procesos de todas las actividades, los pasos en la toma de decisiones, el organigrama de la entidad, la relaciones interna y externas con otras personas jurídicas entre otras cosas.

Tras el estudio en detalle de la entidad habremos detectado riesgos comunes y riesgos específicos y es a partir de ahí donde se comienzan a elaborar las Políticas Corporativas.

El objetivo del Compliance es implantar un sistema que prevenga dentro de un entorno laboral, la comisión de delitos derivados de malas prácticas. Se pretende con este sistema de prevención evitar sanciones económicas e incluso disciplinarias como el cierre temporal de las entidades. Es por eso que las políticas corporativas establecen el marco legal por donde debe fluir la actividad laboral de la entidad. Estas políticas quedan reflejadas y refrendadas por los responsables de la entidad los cuales tienen el compromiso de ofrecer formación para todos los empleados e incluso, según el caso, a los colaboradores externos de la empresa.

Gracias a esta formación a todos los niveles se busca minimizar los riesgos estudiados en la fase anterior y a su vez poder mejorar la eficiencia interna.

Las políticas corporativas estarán formada por una serie de documentos personalizados en relación a toda la información recibida.

Una vez formado todo el personal de la entidad sobre las políticas corporativas, se establecen unos controles por cada actividad asociada a un riesgo con el fin de minimizar las malas prácticas.

Aparte de la formación con las políticas corporativas, establecemos una serie de controles en función de la actividad y en función del riesgo que pueden suponer para la entidad. Estos controles establecen las mejoras que se proponen en la entidad, mejoras en la maneras de trabajar o mejoras  de las éticas corporativas necesarias, mejoras derivadas de los riegos detectados. Con los controles establecemos un seguimiento periódico en función de la gravedad del riesgo.

Nuestra función, una vez se ha parametrizado los controles y registros para la entidad, será la de monitorear estos controles e ir generando nueva información según lo observado. El objetivo conjunto siempre será ir eliminando controles o reducirlos progresivamente, el hecho de eliminar o reducir los controles supone que la entidad se ha valido de las Políticas Corporativas para hacer más eficiente su empresa y minimizar los riesgos, por lo que no necesitará tener controles tan frecuentemente.

Dentro de estas mejoras continuas, la implantación del Compliance incluye el Canal de Denuncias interno.