CONTENIDO NORMATIVO
Compliance Penal
El Compliance Penal nace en España con la introducción en nuestro Código Penal de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas que elimina el aforismo histórico en nuestro derecho, de que las sociedades nunca pueden delinquir «societas non potest delinquere«.
Protección de Datos
La Protección de Datos se ha convertido en los últimos años en una materia jurídica de especial transcendencia por cuanto interfiere en todos los ámbitos jurídicos y judiciales. Toda empresa que maneje datos de terceros está obligada al cumplimiento de una normativa cada vez más estricta y exigente.
Canal de Denuncias
Diseñar un modelo de Prevención de Delitos o Compliance comporta la obligación legal de incorporar un Canal de Denuncias en el seno de las entidades conforme el artículo 31 bis, 5, 4º del Código Penal, obligación reforzada por la Directiva Europea 2019/1937, que exige la implementación de estos canales con independencia de haber adoptado modelos de Compliance.
Medidas de Igualdad
A través de Ley Orgánica 3/2007 se viene combatiendo en España las conductas discriminatorias por razón de sexo que producían desigualdad real, plena y efectiva entre mujeres y hombres. Se consideraba la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todas las políticas y acciones en una dimensión transversal que debía de operar en todas las áreas de desarrollo personal.